BUSTAMANTE MORALES, MIGUEL ANGEL
LOS CREDITOS DOCUMENTARIOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL | BUSTAMANTE MORALES, MIGUEL ANGEL | Trillas
LOS CREDITOS DOCUMENTARIOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL | BUSTAMANTE MORALES, MIGUEL ANGEL | Trillas
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Hoy día el dinamismo y la complejidad del comercio internacional exigen que, tanto importadores como exportadores (compradores y vendedores), utilicen los instrumentos de pago adecuados que den seguridad a las partes involucradas; es decir, que el comprador tenga la certeza de recibir la mercancía y el vendedor la confianza de obtener el pago por el envío de la misma. Para que ambos propósitos se cumplan deberán apegarse a un contrato de compra-venta mercantil. Esta condición de seguridad y confianza la otorga el crédito documentario, instrumento de pago emitido por los bancos y regulado por la Cámara Internacional de Comercio – ICC por sus siglas en inglés- , reglas UCP e ISBP (usos relativos a los créditos documentarios).Los bancos actúan a petición del comprador, quien da instrucciones expresas (términos y condiciones) para honrar el pago al vendedor , y si este cumple con los términos el banco realizará dicho pago.
Contenido:
- El crédito documentario
- -Las cartas del crédito standby
- -Las garantías de demanda a primer requerimiento
- -La aplicación de las reglas UCP,ISBP, ISP, URDG , URR, URC,URBPO y las reglas Incoterms 2020
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